Gestión

¿Qué hay de la modificación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)?

31/01/2022 Paloma Tarazona

Una reflexión sobre la propuesta del Gobierno desde el cooperativismo de trabajo asociado

Reforma del RETA

Tras un amago en la primavera pasada, el Gobierno de España se encuentra ahora mismo inmerso en una modificación del sistema de cotización del régimen de autónomos (RETA) a la Seguridad Social. El tema es muy relevante para las cooperativas de trabajo asociado, ya que en muchas de ellas han optado para sus socios trabajadores por las coberturas que ofrece este régimen de cotización.

 

Es importante recordar que el hecho de cotizar en el RETA no convierte al socio trabajador de una cooperativa en un “autónomo”, de igual modo que cotizar en el Régimen General no le convierte en un trabajador por cuenta ajena. La persona socia trabajadora de una cooperativa tiene la misma naturaleza jurídica y los mismos derechos y obligaciones frente a su cooperativa, ya cotice en RETA o ya lo haga en Régimen General. En ambos casos la persona socia tendrá la condición de “asimilada”, esto es se “asimila” a un trabajador por cuenta ajena o a un autónomo exclusivamente a los efectos de cotizaciones y coberturas sociales.

 

En España el número de socios trabajadores que cotiza en RETA se estima en unas 70.000 personas. El motivo para que una cooperativa opte por que sus socios coticen en este régimen es principalmente la flexibilidad que ofrece, ya que hasta ahora se puede elegir la base de cotización. Así, en algunas cooperativas, la asamblea modula la cotización de los socios según la marcha económica de la cooperativa o las características personales de los diferentes grupos de socios y en otras se permite que sea la persona socia quien decida la base sobre la que quiere cotizar en cada momento, teniendo en cuenta sus circunstancias personales y los anticipos que recibe de la cooperativa. Este nivel de flexibilidad no es posible en el Régimen General. A cambio, frecuentemente, las personas aseguradas en el RETA reciben unas prestaciones menores de las que recibirían si estuviesen en el Régimen General.

 

Para valorar la propuesta del Gobierno habría que empezar por recordar el porqué de esta modificación en este momento. Si bien es cierto que la Unión Europea ha exigido la modificación de los sistemas públicos de previsión social cómo una medida necesaria para sanear las cuentas públicas y como un requisito imprescindible para acceder a sus fondos de ayudas, la modificación del RETA es una cuestión que casi todos los partidos políticos incluían en sus programas en la última campaña electoral. Por tanto, más allá de las exigencias de la Unión Europea, no debe sorprendernos que en este punto en el que estamos de la legislatura se aborde esta cuestión.

 

¿Por qué incluían los partidos políticos esta medida en sus programas? Pues simplemente porque el sistema de pensiones, tal como está concebido actualmente, no es sostenible. El caso concreto del RETA es especialmente preocupante: El RETA es deficitario y lo viene siendo desde mucho antes de que lo que fuera el Régimen General. En la actualidad, ese déficit supera los 10.000 millones anuales para un gasto que viene siendo del entorno de los 22.000 millones. Esto es, el RETA recauda actualmente un 45% menos de lo que necesita para atender las prestaciones de las personas que cotizan o han cotizado en él. Hasta hace unos años este déficit se venía cubriendo con los superávits del Régimen General, pero el Régimen General lleva también ya algún tiempo en números rojo y no puede seguir ocultando el déficit del RETA. Esta es una situación que simplemente cualquier partido que pretenda asumir responsabilidades de gobierno no puede ignorar. La falta de medidas ante esta situación, llevaría a un colapso de sistema del RETA, porque frente a la de extrema escasez de recursos a los que se enfrenta la Seguridad Social en los próximos años, antes o después los cotizantes del Régimen General se negarían a seguir financiando el déficit del RETA. En esta circunstancia, sólo cabría cubrir el déficit vía subidas de impuestos, algo que tampoco parece del todo razonable.

 

Más allá de que la reforma se haya presentado como una oportunidad de rebajar las cotizaciones especialmente para quienes ingresen por debajo del salario mínimo profesional, la realidad de los números se impone y cualquier valoración de la propuesta de reforma debería partir de el problema que se pretende solucionar con ella y de ver si es la medida adecuada para hacerlo o no.

 

Ante una situación de desequilibrio en las cuentas caben dos opciones: La primera, incrementar ingresos, la segunda, reducir gasto. A juzgar por la propuesta presentada, podría pensarse que el Ejecutivo ha optado por la primera, pero, en realidad, sabemos que ha optado por ambas: La reforma de las pensiones, que afecta tanto a los cotizantes del RETA como a los del Régimen General implica limitaciones sustanciales de derechos actuales sobre el acceso a la pensión.

 

Dejando de lado el sistema de tramos por el que se ha optado y de si éstos son más adecuados o menos, la propuesta cambia la naturaleza del sistema en un aspecto básico del RETA, el que en mayor medida lo diferenciaba del Régimen General: La pérdida de la posibilidad de elegir la base por la que se quiere cotizar.

 

Y este es el principal cambio del sistema. Si teniendo libertad para elegir, las personas cotizantes eligen las bases mínimas, la solución para aumentar los ingresos es limitar considerablemente ese marco de elección para que se cotice por bases mayores. Y, con ello, se produce una pérdida de la flexibilidad de la que disponían las cooperativas cuyos socios cotizaban en el RETA para modular sus gastos.

 

Esto no son buenas noticias. Hay que lamentar cualquier medida que limite la flexibilidad de las empresas, porque afecta a su capacidad para hacer frente de un modo ágil a los cambios de su entorno. Su mayor flexibilidad es además una de las principales (y ¿de las pocas?) claras ventajas competitivas de las PYMES frente a las grandes empresas. En el caso de cooperativas pequeñas y medianas que hayan optado por cotizar por sus socios en el RETA esta pérdida de flexibilidad va a ser particularmente dura, ya que va a afectar a las cotizaciones de la mayor parte de la fuerza laboral de la empresa, y en los casos de las cooperativas que no tengan trabajadores por cuenta ajena, de toda la fuerza laboral.

 

Pero, lo cierto es que si se quiere mantener el nivel de prestaciones, frente a la necesidad de cuadrar las cuentas del RETA, hay pocas opciones. En este sentido varias asociaciones de autónomos han señalado que en muchos de los países de nuestro entorno los autónomos pagan menos a la Seguridad Social. Es cierto, especialmente en el caso de aquellos autónomos cuyos ingresos son reducidos. No obstante, hay que tener en cuenta que en muchos de estos casos tampoco reciben prestaciones tales como pensiones por invalidez, coberturas por incapacidades temporales o derecho a una pensión y, en otros, las coberturas que reciben no son comparables a las que tienen en España los autónomos. La lógica que subyace a esta forma de organizar la cotización es considerar que, por debajo de unos determinados ingresos, estamos ante una renta de carácter no laboral y que, por tanto, no es necesario ofrecer coberturas sociales a las personas que los generan. No parece que sea éste el modelo por el que quieran apostar ni el Gobierno ni, mayoritariamente, aquellas personas que cotizan en este régimen.

 

Otro aspecto de la propuesta es el mantenimiento de la tarifa plana que pasaría de los 60 a los 70 € por mes. El Gobierno era partidario inicialmente de quitarla porque, siendo su coste considerable, los datos apuntan a que únicamente entre un 15 y un 13% de quienes se acogen a esta tarifa continúa su actividad profesional o empresarial pasados los 2 años de bonificaciones.

 

El sector cooperativo, en reuniones mantenidas la pasada primavera con el Ministerio de Seguridad Social a las que asistió el presidente de FEVECTA, Emilio Sampedro, se posicionó a favor del mantenimiento de la tarifa plana, argumentando que, en el caso de las cooperativas de trabajo asociado, más del 70% de las personas que se benefician de la tarifa plana continúa su actividad en la cooperativa tras el periodo de bonificación. El motivo es que los proyectos cooperativos son empresas societarias con iniciativas más maduras y con mejores perspectivas de futuro que el emprendimiento individual del autónomo. Finalmente, con una cuota mínima de 184€ para quienes obtengan unos rendimientos netos por debajo de los 600 €, el gobierno ha debido valorar que sigue siendo necesaria una tarifa plana sustancialmente menor para el impulso del emprendimiento. Sin embargo, si a lo largo de la negociación con los agentes sociales bajase considerablemente la cuota mínima (algo que se ha pedido desde varias organizaciones de autónomos) es posible que volviese a replantearse la necesidad de mantener la tarifa plana.

 

Por último, es importante que los equipos de negociación del Ministerio de Seguridad Social mantengan los canales de comunicación abiertos hacia el sector cooperativo. Las 70.000 personas socias trabajadoras de cooperativas que han confiado su protección social al RETA merecen ser oídas y tenidas en cuenta en la negociación que está teniendo lugar en estos momentos. A pesar de los encuentros puntuales que se han mantenido, es imprescindible que a partir de ahora se intensifique la relación de trabajo, con el fin de asegurar que las particularidades de los y las socias de trabajo de cooperativas sean incorporadas adecuadamente en el nuevo sistema.

 

Para refrescar los conocimientos sobre la cotización de las personas socias trabajadoras en las cooperativas podéis consultar este post de LOLA FOLGADO.

 

 

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Paloma Tarazona

Paloma Tarazona

Soy la directora de la Federación Valenciana de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FEVECTA). Licenciada en Derecho y Máster en Dirección de Empresas, llevo 25 años trabajando en el ámbito del Cooperativismo y la Economía Social.

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