25/03/2024 Lola Folgado
El plazo de presentación para la legalización es de cuatro meses desde el cierre del ejercicio económico
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, reguló que todos los libros que obligatoriamente deben llevar las empresas con arreglo a las disposiciones legales aplicables (en nuestro caso la Ley de Cooperativas Valenciana, Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo del Consell de la Generalitat Valenciana), se legalizarían telemáticamente después de su cumplimentación en soporte electrónico. Y, como ya os hemos venido informando, el Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana dispone de medios para que este sistema pueda ser efectivo y presentemos los libros sociales de nuestras cooperativas a legalizar.
Las novedades que han supuesto cambio total del sistema son:
1. Con anterioridad, cuando constituíamos la cooperativa presentábamos al Registro un conjunto de folios numerados y en blanco, para que el registro los sellara, troquelara sus hojas y lo diligenciara estampando un sello. A partir de ahí, nos lo devolvía y escribíamos en él lo que ocurría en nuestras reuniones de Consejo Rector, Asamblea General… y lo mismo con los Libros de socios o de Aportaciones a capital. Es decir, se producía la legalización a priori, mientras que ahora es justo lo contrario, es a posteriori, presentaremos los libros sociales a legalizar ya cumplimentados con el contenido de nuestras reuniones. En cada ejercicio presentaremos los libros que incluyan las actas del ejercicio precedente. Y, ojo, no podemos incorporar actas de reuniones correspondientes a fechas anteriores o posteriores al ejercicio.
2. El formato es totalmente distinto: nos olvidamos del papel para pasar al soporte electrónico, es decir, las hojas de los libros no son de papel, sino un soporte informático. Y como ya hacemos con el resto de trámites ante el Registro, la presentación no es física sino telemática.
¿Esto qué supone? ¿cómo se hace?
Vaya por delante que la obligación de llevanza, legalización y custodia de los Libros sociales corresponde al secretario. La Ley de Cooperativas no ha cambiado, por tanto, al respecto de estas funciones os recuerdo el siguiente artículo https://blog.fevecta.coop/certificados-actas-libros-sociales/ del que destacaría brevemente que, según la Ley de Cooperativas, al menos tenemos que celebrar cuatro reuniones anuales de Consejo Rector y una de Asamblea General, por tanto, los libros que presentemos a legalizar tendrán que contener ese número de actas como mínimo, y hasta tantas como reuniones que la cooperativa necesite cada ejercicio.
La presentación de los Libros para su legalización ante la oficina competente del Registro de Cooperativas se formaliza por vía telemática, a través del procedimiento establecido en la Sede Electrónica de la Generalitat, disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=13978
Libros que han de presentarse para su legalización
Los Libros que deben presentarse telemáticamente para su legalización son, de todos los siguientes, aquellos que cada cooperativa esté obligada a presentar por su naturaleza y peculiaridades:
Los Libros deberán estar encapsulados en un archivo en formato pdf que deberá estar firmado por la persona o personas a quienes corresponda suscribir las certificaciones de los acuerdos de la cooperativa, que como sabéis es la persona que ostenta la secretaría con el visto bueno de la presidencia.
El peso máximo que admite el sistema es de 60 Mb, si se excediera habría que dividirlo en partes, fragmentarlo en archivos de inferior tamaño, numerando los tomos correlativamente.
Plazo de presentación
El plazo de presentación para la legalización es de cuatro meses desde el cierre del ejercicio económico, por tanto, en 2024 las cooperativas deberán realizar la presentación antes del 30 de abril.
A tener en cuenta que las cooperativas que tienen el ejercicio económico de 1 de septiembre a 31 de agosto (mayoritariamente las de enseñanza) deberán presentar sus libros a legalizar antes del 31 de diciembre.
A tener en cuenta
Ejemplo de libro de actas de Asamblea General
Y hasta aquí la teoría, pero no podemos acabar sin compartir lo que nos estáis trasladando muchos de vosotros, a medida que estáis solicitando la legalización de los libros de la manera expuesta. Causa problemas el que sean varias las firmas electrónicas en el mismo archivo pdf. Generan problemas de incompatibilidad y pueden anular unas a otras. Además, el propio Registro ha tenido problemas de lectura de las firmas.
Como conclusión, respecto de los libros de actas, tanto de Consejo Rector como de Asamblea General, después de comunicar al registro las múltiples dificultades que supone la firma electrónica de todas las personas que deben firmar cada una de las actas de las reuniones de estos órganos, nos indican que las actas se firmen con firma digital, pero a continuación, para su presentación podemos escanearlas y, por último, el archivo pdf, compendio de todo lo anterior, sí que es imprescindible que se firme digitalmente.
Lola Folgado
Hola, soy la compañera que en FEVECTA se ocupa de ofreceros apoyo en aspectos específicos de la legislación cooperativa, a nuestras afiliadas, a los profesionales que las asesoran, y a todas aquellas personas que ante una iniciativa emprendedora les interesa conocer esta forma jurídica de empresa. A través de este blog me gustaría compartir con vosotros la experiencia que me proporciona el asesoramiento directo e inmediato, en las cuestiones que surgen en el funcionamiento de las cooperativas en el día a día, la gestión de trámites en el registro, subvenciones, participación en la redacción de estatutos y reglamento de régimen interno, procesos de transformación de otras formas jurídicas en cooperativas, estudio y configuración del desarrollo de ideas de negocio como cooperativa de trabajo. Espero poder ayudaros en aspectos de relevancia jurídica tratándolos desde un punto de vista claro y ameno. Lola Folgado, abogada FEVECTA
Los libros tienen dos finalidades cumplir la ley y otra más importante que es documentar los acuerdos relevantes que dan sentido a las acciones del día a día. Si no te aclaras siempre puedes contar con profesionales de apoyo, en la Comunidad los hay y muy buenos.
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