19/02/2018 Pepe Albors
Como en una democracia, la cooperativa debe velar por la independencia y el equilibrio entre los distintos órganos que la componen para lograr un funcionamiento eficaz y eficiente.
Gestionar una empresa democrática no es fácil, al igual que no es fácil gobernar en democracia, ya que la democracia se basa en la independencia de poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Para que el equilibrio de poderes funcione, es necesaria la existencia de un sistema de contrapesos, de manera que cada uno vigile y limite el alcance de los otros. El arte de la democracia es saber poner estos límites de modo que un poder no prime sobre los otros y que ninguno pueda llegar a controlar a los otros dos; si esto llegase a ocurrir, entonces se tiene una democracia de nombre, pero en realidad no deja de ser una dictadura encubierta.
También en la naturaleza una serie de fuerzas rige el funcionamiento de nuestro universo. Estas fuerzas fundamentales del Universo, que no se pueden explicar en función de otras más básicas son cuatro: la gravitatoria, la electromagnética, la nuclear fuerte y la nuclear débil.
La gravedad es la fuerza que hace que dos masas se atraigan. Es la más débil, pero de cuyo funcionamiento más conscientes somos las personas.
La fuerza electromagnética afecta a los cuerpos eléctricamente cargados y actúa en dos sentidos: atracción y repulsión, en función del signo de las cargas eléctricas.
Y por último, la fuerza nuclear fuerte y la nuclear débil, responsables de mantener unidos los núcleos atómicos.
En este artículo quiero hablar de las cuatro fuerzas que actúan en la empresa cooperativa y que le dan consistencia, fuerza y equilibrio, al igual que ocurre en el Universo o en la democracia. Pero, antes de descubrir cuáles son estas fuerzas y cómo actúan, voy a definir la estructura y los distintos órganos de la empresa cooperativa.
La estructura y órganos de la empresa cooperativa
La empresa cooperativa es un paradigma de empresa democrática y socialmente responsable. Tiene dos ámbitos de funcionamiento, el social y el empresarial. Pero no dejan de ser dos caras de una misma moneda, de cuyo equilibrio depende su correcto funcionamiento. Dentro de estos dos ámbitos podemos encontrar distintos órganos con distintas funciones, pero íntimamente relacionados. Y, como comentábamos antes, la cooperativa, al ser una empresa democrática, debe velar por la independencia de los distintos órganos que la componen y de que haya equilibrio y contrapeso para lograr un funcionamiento eficaz y eficiente de la misma.
Vamos a definir, en primer lugar, los distintos órganos que existen en la cooperativa y sus competencias. Muchas competencias vienen definidas por la propia ley de cooperativas y otras por la práctica cooperativa y el sentido común..
Esquema de la empresa cooperativa
ESTRUCTURA SOCIAL
Asamblea General
Es el máximo órgano de decisión de la cooperativa, con potestad para delegar parte de sus funciones o responsabilidades en el Consejo Rector. El objetivo más importante de la Asamblea es el control de cada uno de los órganos sociales de la cooperativa, fundamentalmente del Consejo Rector.
El Artículo 31 LCCV define las competencias exclusivas, inderogables e indelegables de la asamblea general, la adopción de los siguientes acuerdos:
a) Nombramiento y revocación del Consejo Rector, de los auditores de cuentas, de los liquidadores y de las comisiones delegadas de la Asamblea General.
b) Examen o censura de la gestión social del Consejo Rector, de los auditores de cuentas, de los liquidadores y de las comisiones delegadas de la Asamblea General.
c) Imposición de nuevas aportaciones obligatorias al capital social y actualización del valor de las aportaciones.
d) Emisión de obligaciones y de títulos participativos.
e) La imputación de las pérdidas del ejercicio económico.
f) Modificación de los estatutos sociales.
g) Fusión, escisión, transformación y disolución.
h) Transmisión del conjunto de la empresa o patrimonio de la cooperativa.
i) Creación, adhesión o baja de cooperativas de segundo grado o de crédito, de consorcios, grupos cooperativos o uniones de cooperativas de carácter económico y de las uniones o federaciones de carácter representativo.
j) Regulación, creación y extinción de secciones de la cooperativa.
k) Ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los miembros del Consejo Rector, los auditores de cuentas y liquidadores.
l) Aprobación y modificación del reglamento de régimen interno de la cooperativa.
ll) Todos los demás acuerdos exigidos por esta ley o por los estatutos sociales.
Consejo Rector
Artículo 41 LCVV:
• El Consejo Rector es el órgano exclusivo de gobierno, representación y gestión de la cooperativa con carácter exclusivo y excluyente.
• Es responsable de la aplicación de la ley y de los estatutos sociales.
• Establece las directrices generales de la gestión de la cooperativa, de conformidad con la política fijada por la asamblea general.
Artículo 46 LCVV:
El Consejo Rector funciona colegiadamente, adoptando sus acuerdos por mayoría.
Artículo 48 LCVV:
• El Consejo Rector podrá designar a un/a director/a, que representará a la cooperativa en todos los asuntos relativos al giro y tráfico de ésta. Su nombramiento deberá otorgarse en escritura de poder, autorizada por notario.
• Las facultades delegadas en la dirección de la cooperativa sólo pueden comprender el tráfico empresarial ordinario de la cooperativa, conservando en todo caso el Consejo con carácter exclusivo las siguientes facultades:
a) Fijar las directrices generales de la gestión.
b) Controlar permanentemente el ejercicio de las facultades delegadas.
c) Presentar a la asamblea general ordinaria las cuentas del ejercicio, el informe sobre la gestión y la propuesta de distribución o asignación de los excedentes y de la imputación de pérdidas.
d) Prestar avales, fianzas y garantías reales a favor de otras personas, salvo en las cooperativas de crédito.
e) Otorgar poderes generales, que tendrán que inscribirse en el Registro de Cooperativas.
Presidencia
Artículo 43 LCVV:
• El/La presidente/a del Consejo Rector será, a su vez, el/la presidente/a de la cooperativa y tendrá atribuida, en nombre del Consejo Rector, la representación legal de la misma y ostentará la presidencia de la asamblea general.
• Determina la fecha y el Orden del Día de cada reunión.
• Supervisa y controla la redacción de las actas por parte del secretario.
• Asiste a las reuniones del Comité de Dirección de la Cooperativa.
• Tiene la obligación de ejecutar los acuerdos válidamente tomados.
• Asimismo tiene la capacidad de decidir el voto dirimente en caso de empate.
ESTRUCTURA EMPRESARIAL
Gerencia / Dirección
• Es el órgano nombrado por el Consejo Rector, con carácter unipersonal o colegiado, para que mediante la otorgación de facultades y poderes, ponga en práctica la dirección ejecutiva de la Cooperativa.
• El principal estándar de actuación vendrá definido por el Plan de Gestión.
• Como dirección, los estándares de actuación serán:
• Las reuniones periódicas y sistematizadas con los miembros del equipo de dirección.
• Las reuniones periódicas y sistematizadas con los colaboradores.
• La evaluación anual de cada colaborador.
La dirección también realiza las siguientes funciones:
• Se encarga de la elaboración del Plan de Gestión anual que se confecciona en base al proceso de negociación de objetivos por cada departamento. Las bases del Plan de Gestión deberán presentarse al Consejo Rector antes del 31 de diciembre de cada año. Cada ejercicio económico, y en el momento en que se confeccionen las bases del Plan de Gestión, se revisará necesariamente el Plan Estratégico.
• La dirección presentará al Consejo Rector la siguiente documentación:
• Control mensual del Plan de Gestión en todos sus programas.
• Balance semestral con inventario.
• Cuenta de explotación semestral.
• Análisis de las masas patrimoniales de la empresa, reflejadas en el balance anualmente.
• Memoria anual del ejercicio económico.
La dirección es responsable del equipo humano de trabajo, socios y personal no socio y, en este sentido, realiza las siguientes actuaciones:
• Contratación y despido de trabajadores/as no socios/as.
• Propone las inversiones no previstas en el Plan de Gestión.
• Realiza el diseño de la Estructura y los Sistemas Organizativos de importancia.
• Nombra al equipo de dirección al que dirige, coordina, controla y motiva.
• Controla globalmente, por medio de su equipo de Dirección, la Cooperativa en sus vertientes empresariales, respondiendo de su actuación frente al Consejo Rector.
Comité de Dirección
• Es un órgano de coordinación de las funciones del equipo directivo y bajo el mando de la gerencia da asesoramiento al Consejo Rector.
• Está constituido por la Gerencia y altos/as directivos/as de la cooperativa.
• Sus funciones no están reguladas en la ley de cooperativas; cada cooperativa establecerá las funciones que quiera asignarle al mismo.
• El Comité de Dirección es elegido por la Gerencia de la sociedad.
• Asesorar a la Gerencia en la toma de decisiones.
• Realiza el control global de la empresa a nivel económico-financiero, productivo, comercial, de personal, etc.
• Es cauce o canal de información ascendente, descendente y horizontal. Analizar periódica y sistemáticamente la situación económica y social de la empresa, proponiendo soluciones de cambio.
• Determinar la política empresarial, plasmada en los planes de gestión y/o en sus revisiones.
• Las reuniones del Comité de Dirección se celebrarán de una forma periódica y sistemática, con fecha y Orden del Día previos.
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Fuerzas que actúan en la cooperativa para lograr un buen funcionamiento
Una vez vistas las funciones de los distintos órganos de la cooperativa en su vertiente empresarial y social, me gustaría hablaros de cuáles son, en mi opinión, las fuerzas que actúan y dan consistencia y equilibrio a la cooperativa, y que actúan sobre los distintos órganos.
1. En mi opinión, la fuerza fundamental para el buen funcionamiento es la CONFIANZA MUTUA. Sin ella es imposible que una cooperativa funcione. Es la fuerza que mantiene unido el proyecto. En la empresa de capital, la fuerza que mantiene unido el proyecto es el interés mutuo. La cooperativa es una sociedad de personas que subordinan el interés individual al general.
La confianza actúa en todos los niveles, pero especialmente es clave en el binomio más débil de la cooperativa, que es Presidencia/Dirección. En las pequeñas cooperativas esta función, a veces, recae en la misma persona.
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2. La segunda gran fuerza que actúa en las cooperativas es el RESPETO MUTUO. Para que la cooperativa funcione adecuadamente debemos engrasar los circuitos de información y comunicación. Somos las personas las que nos comunicamos y para que haya una comunicación efectiva tiene que haber respeto. Respetarse mutuamente significa comprender y valorar a la otra persona; su forma de ver y de vivir la vida, su actitud ante las cosas, sus intereses, sus necesidades y sus inquietudes, y sólo es posible si la otra personas es capaz de comprenderte y valorarte de la misma forma.
El respeto mutuo es un valor fundamental en las sociedades cooperativas, ya que éstas se fundamentan en valores tan esenciales como la democracia y la libertad, que implica respetar la diversidad de ideas, opiniones, ideologías, creencias, etc. (1er. principio cooperativo).
3. La tercera gran fuerza que determina el buen funcionamiento de la cooperativa es el CONSENSO. También es esencial puesto que es la que hace que los intereses converjan y se alineen en la misma dirección, por lo que la fuerza resultante se maximiza. Encontrar los puntos que nos unen e implicar a las personas que disienten para que sean parte de la solución y no del problema es muy importante. He visto muchos casos de cooperativas donde la división de pareceres y opiniones se han polarizado en extremo, resultando imposible ningún avance, provocando la existencia de un conflicto permanente (miremos lo que nos ocurre en la democracia española en temas como las leyes educativas o el de la organización territorial) e, incluso, llevado a la desaparición de la cooperativa.
A veces, cuando imparto un curso o cuando asesoro a una cooperativa, acerca de este tema comento que la asamblea sólo puede votar tres cosas: Sí, Sí o Sí. Es decir, hay que hacer lo imposible para que todo el mundo se sienta implicado en la decisión tomada, sino puede ser el principio del fin de la cooperativa. Es evidente que, si no logramos consensos plenos, al menos hemos de garantizar que las personas que quedan en minoría acepten democráticamente el resultado y no se conviertan en un problema.
4. Por último, la otra gran fuerza esencial es la SOLIDARIDAD / EQUIDAD, que en esencia es ayudar y comprometerse sin esperar a que el resultado que se reciba tenga que ser directamente proporcional al esfuerzo o compromiso aportado.
En la cooperativa hablamos mucho de Igualdad, pero ésta es más una construcción social que una igualdad científica y medible en el día a día. En la cooperativa no todos los esfuerzos son igualmente recompensados y especialmente en el mismo tiempo. Debe existir una solidaridad intergeneracional, una solidaridad que responda a que no todos hemos tenido las mismas oportunidades y que debemos aceptarnos como personas diversas con diferentes capacidades.
Pues bien, para un buen funcionamiento cooperativo, la fuerza de la solidaridad y de la equidad debe funcionar en todos los sentidos y ámbitos.
En mi experiencia de 30 años formando y asesorando cooperativas he llegado a la conclusión de que, si no actúan estas fuerzas y no generan los equilibrios y armonía necesarios, los proyectos sociales y empresariales que representan estas cooperativas colapsan y desaparecen.
Pepe Albors
Hola! Soy Pepe Albors y quiero ayudarte a entender mejor la empresa cooperativa. Creo en la democracia económica, y la cooperativa es el mejor modelo de empresa para llevarla a cabo. No es fácil gestionar y trabajar en cooperativa, la igualdad, la participación democrática, la cooperación, no son fáciles de gestionar. Cuento con una experiencia de 37 años en el mundo cooperativo y os puedo ayudar a que el proceso de conducir un proyecto cooperativo sea más llevadero.
Excelente información.
Felicitaciones por el artículo. El gráfico que adjuntas es muy ilustrativo y clarificador. No obstante, como premisa esencial para que se den las cuatro fuerzas que apuntas, habría que señalar la participación y la transparencia en toda la organización. Sin esa participación, es difícil la implicación colectiva y de un modo u otro se han de resentir las cuatro fuerzas apuntadas.
Muy buen y clarificador artículo. Felicidades.
Felicitats em pareix un article molt interessant, que pot ajudar a les cooperatives a autodiagnostircar-se i vore si hi ha forces integradores o disgregadores.
Felicidades por el artículo. Me parece muy interesante y acertado en cuanto a la la exposición y argumentación. Gracias.
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