15/02/2021 Carmen Herrera
El tratamiento contable y los efectos fiscales y en la tributación de las cooperativas
En el post anterior sobre el Fondo de Formación y Promoción Cooperativa os explicaba qué es, sus características principales, cómo se nutre y para qué actuaciones se podría utilizar, todo ello bajo el marco jurídico de la Ley de Cooperativas Valenciana. Con el objetivo de completar aquella información y de que tengáis una visión lo más amplia posible de esta reserva tan particular, en el post de hoy os hablaré de su tratamiento contable y de cómo este fondo puede influir en la tributación de la cooperativa.
Lógicamente, son aspectos mucho más técnicos que los que traté en el anterior artículo y muy probablemente penséis que de esos temas ya se ocupa la asesoría y/o quien lleva la contabilidad. Si, efectivamente, lo más probable y sensato es que la contabilidad y la fiscalidad de nuestra cooperativa la lleve una asesoría, pero este artículo no sólo va dirigido a ellos. No olvidéis que la responsabilidad de formular las Cuentas Anuales recae en el Consejo Rector y, posteriormente, será la Asamblea General la que deberá aprobar (o no) dichas cuentas. Por este motivo, creo que es muy conveniente que los socios, y sobre todo los consejeros de una cooperativa, conozcan por dónde van los tiros en lo que se refiere a este fondo. Así que este post también va por vosotros.
¿Cómo se contabiliza el FFPC?
Al tratarse de un fondo que sólo existe en las cooperativas, para conocer su tratamiento contable tenemos que acudir a la Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas (Norma 6ª).
No voy a entrar en detallar los asientos contables a realizar según la situación que nos encontremos. Si os interesa profundizar en ello podéis consultar la CLAVE COOPERATIVA IX: Novedades Contables II, donde tenéis información muy completa sobre su tratamiento contable además de algunos ejemplos prácticos (Recomiendo su lectura a contables /asesores).
Ahora bien, si creo que, en relación con este tema, hay ciertos aspectos básicos que todo el mundo (sobre todo los miembros del consejo rector) debería conocer y comprobar:
1º) En el BALANCE de las Cuentas Anuales, el FFPC debe aparecer calificado como un PASIVO en una partida que se ha creado expresamente para ello. No forma parte de los Fondos Propios de la cooperativa, tal y como me encuentro en muchas ocasiones cuando compruebo alguna contabilidad. Al tratarse de un fondo que tiene que gastarse en el ejercicio de su dotación o al siguiente y en un tipo de actuaciones muy concretas, se le da un tratamiento parecido al de las provisiones.
PATRIMONIO NETO Y PASIVO |
A.- PATRIMONIO NETO A.1.- Fondos Propios B.- PASIVO NO CORRIENTE (L/P) I. Fondo de Educación, Formación y Promoción a LP C.- PASIVO CORRIENTE (C/P) I. Fondo de Educación, Formación y Promoción a CP |
Total Patrimonio Neto y Pasivo (A+B+C) |
2º) La DOTACION AL FFPC que se realiza a partir del excedente y/o beneficio de la cooperativa, se contabiliza como un GASTO en el mismo ejercicio en el que se ha generado el resultado. Esto puede ser lo más difícil de entender, incluso para los contables, que podrían preguntarse: Si la distribución del excedente (incluida la dotación al FFPC) debe aprobarse por la Asamblea General en el ejercicio siguiente, ¿no debería contabilizarse como una distribución de resultado? ¿Cómo voy a contabilizar la dotación al FFPC como gasto cuando esto afecta al propio resultado?
Pues así lo establece la norma contable cooperativa. Lo que os comentaba antes, se le está tratando como una provisión. Mi consejo es que se explique detalladamente en la memoria económica cuál es el resultado antes de calcular el gasto por el Impuesto de Sociedades y la dotación al FFPC y cómo se han calculado ambos importes para, finalmente, llegar al excedente después de impuestos y dotación al fondo.
CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS (Abreviada) | |
(657) |
A) OPERACIONES CONTINUADAS. (…)
A.1) RESULTADO DE LA EXPLOTACION
|
3º) Cuando se aplique el FFPC en gastos e inversiones relacionadas directamente con su finalidad, se reducirá el importe de su saldo y la cuenta de Pérdidas y Ganancias no se verá afectada.
4º) La MEMORIA ECONÓMICA de las Cuentas Anuales debe informar específicamente, en un apartado especial, sobre el Fondo de Formación y Promoción Cooperativa y su movimiento durante el ejercicio, indicando: el saldo inicial, las dotaciones, aplicaciones y saldo final. Tanto las dotaciones como las aplicaciones deberán ir desglosadas en los distintos conceptos que las integran.
Y para acabar con este punto, quisiera advertiros de la importancia que tiene no sólo cumplir con la Ley de Cooperativas Valenciana en lo que se refiere a la creación, dotación y aplicación del FFPC, también es sumamente importante que estas operaciones estén correctamente reflejadas en la contabilidad y que en la memoria de las cuentas anuales se explique detalladamente el movimiento de este fondo. Y no sólo porque lo exija la Norma Contable Cooperativa, también lo exige la Ley 20/1990 de Régimen Fiscal de Cooperativas, en su artículo 19.2. Así que no cumplir con ello nos puede acarrear más de un disgusto inesperado.
¿Cómo influye o puede influir la dotación del FFPC a nivel tributario o fiscal?
Del análisis de la Ley 20/1990 de Régimen Fiscal de Cooperativas podemos afirmar que este Fondo, su dotación y aplicación puede afectar de dos maneras distintas a la tributación de las cooperativas.
Otros aspectos relevantes que afectan al Impuesto de Sociedades de una forma u otra y que están relacionados con el FFPC, son los siguientes:
Concluyendo, como podéis ver este Fondo tiene mucha miga, no sólo por la particularidad respecto de su dotación, aplicación, irrepartibilidad, etc… también porque contablemente requiere un tratamiento muy especial, así como una información minuciosa y detallada que acredite cualquier movimiento de este. Pero, además, porque afecta de una manera, a veces vertiginosa, nuestra factura con Hacienda. Y en vuestra cooperativa, ¿aparece el FFPC correctamente calificado en el Balance? ¿Informáis de su movimiento en la Memoria de las Cuentas Anuales? ¿Habéis tenido alguna comprobación del Impuesto de Sociedades por alguna cuestión relacionada con este fondo? Os animo a que lo compartáis con nosotros.
Carmen Herrera
¡Hola! Soy Carmen Herrera, economista y Responsable del Área Económico- Financiera de FEVECTA desde hace 19 años. Entre las distintas responsabilidades de mi puesto de trabajo, se encuentra el asesoramiento que ofrezco a las cooperativas afiliadas y a otros profesionales en aquellos aspectos jurídico-económicos, fiscales y contables que son específicos para las cooperativas. Gracias a la experiencia adquirida en la Federación, he tenido la oportunidad de participar en distintas Comisiones técnicas de expertos donde se han trabajado textos normativos de gran relevancia para nuestras cooperativas, tales como las normas contables cooperativas y otras modificaciones legislativas de calado para el sector. Si bien, actualmente destacaría el trabajo que estoy desempeñando en las comisiones técnicas de COCETA y CEPES en relación con la propuesta de modificación de la ley 20/1990 de Régimen Fiscal de Cooperativas que el sector plantea.
A travé
...más
Gracias y enhorabuena por el artículo, pero quisiera solicitarte una respuesta al siguiente comentario..... En su opinión y basada en su experiencia, sería un aplicación correcta FFPC en una cooperativa de pueblo, un viaje fin de campaña dónde van todos los socios acompañados de sus señoras, dónde se produce momentos de convivencia en contraste con las tensiones que se crean en las "asambleas generales o extraordinarias", con la finalidad clara de crear buen ambiente relajado, integrando a los socios y a sus conyuges (la mayoría femeninas) que es el único momento dónde tienen una participación activa y que en su mayoría son los únicos viajes que hacen en su vida, y además mejora el sentir de pertenencia al grupo, potenciando de esta forma el cooperativismo frente a otras figuras empresariales más individualistas, que además genera atractivo para potenciales socios a querer integrarse.
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