18/01/2021 Carmen Herrera
Aumentan las dotaciones de todos los supuestos subvencionables, aunque la orden de bases no cambia.
Como ya os hemos ido informando desde FEVECTA a través de distintos medios, el próximo 28 de enero se abre el plazo para que las cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción con centros de trabajo ubicados en la Comunidad Valenciana, puedan solicitar las ayudas destinadas a fomentar la constitución y competitividad de este tipo de empresa, así como el empleo en las mismas.
Existen cuatro tipos de actuaciones subvencionables que, a grandes rasgos, son los siguientes:
a) Ayudas a la integración sociolaboral, que subvencionan la incorporación como socios trabajadores de desempleados que cumplan ciertos requisitos o la transformación de trabajadores previamente contratados por la cooperativa con carácter temporal en socios trabajadores.
b) Subvenciones para actuaciones de inversión productiva y de modernización. El objeto de las inversiones puede ser desde la adquisición de activos fijos como terrenos, edificios ya construidos, mobiliario, maquinaria y equipos productivos, vehículos industriales, etc. hasta la construcción de obra nueva o reformas.
c) Ayudas para servicios de Asistencia técnica, como pueden ser estudios de viabilidad, organización o de mercado, contratación de directores o gerentes, etc.
d) Ayudas para cofinanciar los gastos de constitución o de puesta en marcha de la cooperativa como, por ejemplo, los gastos notariales o de asesoramiento y gestión en la constitución, entre otros.
Os aconsejo leer este documento resumen donde tenéis información extensa sobre estas ayudas, los requisitos y condiciones a cumplir para acceder a ellas, así como los plazos para solicitarlas y las cuantías máximas de las subvenciones que se pueden conseguir. Sólo haceros una apreciación: los supuestos subvencionables, requisitos, obligaciones, cuantías máximas, etc., no han variado respecto del año pasado, ya que la Orden 11/2019, de 2 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las mismas, no ha sufrido modificación alguna.
Bueno, para ser exacta, lo que sí se ha modificado para el 2021 es el plazo para justificar las inversiones o asistencias técnicas objeto de ayuda, que se ha reducido un poquito y se fija en el 2 de noviembre, cuando en las convocatorias anteriores solía ser a mitad de noviembre.
Mayor dotación presupuestaria
Pero, si hay algo destacable en la convocatoria de ayudas de este año es la dotación presupuestaria para financiar estas actuaciones, que como podéis comprobar a continuación se ha incrementado sustancialmente con respecto a la del año pasado:
Convocatoria 2020 | Convocatoria 2021 | % Incremento | |
Ayudas integración sociolaboral | 2.000.000 euros (ampliable a 3.100.000 euros) |
4.370.000 euros (ampliable a 6.249.100 euros) |
218% |
Inversión en obras | 150.000 euros (ampliable a 200.000 euros) |
400.000 euros (ampliable a 530.000 euros) |
266% |
Resto de inversiones | 600.000 euros (ampliable a 900.000 euros) |
1.600.000 euros (ampliable a 2.400.000 euros) |
266% |
Asistencias técnicas | 80.000 euros (ampliable a 100.000 euros) |
150.000 euros (ampliable a 187.500 euros) |
188% |
Constitución de nuevas cooperativas | 105.000 euros (ampliable a 150.000 euros) |
150.000 euros (ampliable a 200.000 euros) |
143% |
Es evidente que la Generalitat Valenciana está apostando fuerte por el cooperativismo y está haciendo un gran esfuerzo presupuestario, así lo anunció el conseller de Economía Sostenible, Rafael Climent, cuando se presentó el Plan de apoyo y fomento del cooperativismo valenciano ‘Fent Cooperatives II’ (2021-2022). Ahora bien, este plan bienal es mucho más ambicioso: su misión es corregir los efectos de la crisis y contribuir a la reactivación económica a través del cooperativismo y, con este objetivo, se aprobó poner en marcha 50 medidas orientadas al empleo estable y productivo, al crecimiento sostenible, etc… de las que voy a mencionar tres, al hilo de este artículo:
Estas medidas, bien articuladas, podrían suponer una OPORTUNIDAD sin precedentes para fomentar la economía social, el cooperativismo y el empleo… pero, de momento este año, en lo que se refiere a las ayudas y subvenciones, nos tendremos que contentar con que haya más dinero sobre la mesa. Insisto, la Orden de bases no se ha tocado y, en consecuencia, no se han ampliado los supuestos subvencionables, ni se han flexibilizado los requisitos, ni aumentado las cuantías máximas a las que pueden optar las beneficiarias. Desde el sector, esperamos que a lo largo de este año se revisen, se simplifiquen y amplíen estos incentivos para que lleguen a más empresas, pero sobre todo que respondan a sus necesidades actuales y, precisamente con este objetivo, a lo largo de esta semana nos reuniremos todas las familias cooperativas de la Comunidad Valenciana para hacer una puesta en común y, así, realizar un planteamiento conjunto a la Administración.
Después de este preámbulo, a continuación, quisiera llamar vuestra atención sobre algunos aspectos que podrían pasarse por alto y condicionar la accesibilidad a estas ayudas. Por supuesto, también podéis consultar mi artículo del año pasado (Ayudas de 2020 para Cooperativas, Sociedades Laborales y empresas de inserción: principales cambios y novedades), dónde tenéis un análisis que os puede ser de utilidad este año.
Con carácter general a todas las ayudas
Ayudas por integración sociolaboral
¿Qué ocurriría si durante ese año causara baja un socio trabajador? Por ejemplo, CTA con 3 socios trabajadores de inicio, pero el 30/11/2020 se jubila uno de ellos, con lo cual se queda con dos socios trabajadores. Se plantean incorporar un nuevo socio (que cumple requisitos para ser subvencionable) el 1 de febrero de 2021. ¿Se produce incremento del empleo?
Si comparamos el número de socios a 1 de febrero de 2021 con el de hace 1 año, no existe incremento, siguen siendo 3, pero, como ya os he comentado, lo que hay que tener en cuenta es la media del año anterior, es decir, tendríamos que calcular la media de personas socias trabajadoras desde el 31/01/2019 al 31/01/2020. En el ejemplo, la media sería de 2,83 (2 socios todo el año + 1 socio 10/12 meses), con lo cual se ha generado un incremento de 0,17 (3- 2,83). Sólo son unas décimas, pero he de deciros que, de momento y mientras que no cambien las instrucciones, la administración está aceptando estos casos… Tenedlo en cuenta, que a veces se pierden oportunidades por este motivo.
Ayudas a la inversión
Y termino, como siempre, advirtiéndoos de que antes de iniciar cualquier trámite, además del resumen informativo y mis análisis o apreciaciones de las ayudas, leáis detenidamente la orden de bases… En todo caso, ya sabéis que estamos a vuestra entera disposición no sólo para resolveros las dudas que podáis tener, también para ofreceros nuestro servicio de gestión y tramitación. Podéis acudir a cualquiera de las sedes de FEVECTA y contactar con vuestro técnico de confianza. Estaremos encantados de poder ayudaros.
Carmen Herrera
¡Hola! Soy Carmen Herrera, economista y Responsable del Área Económico- Financiera de FEVECTA desde hace 19 años. Entre las distintas responsabilidades de mi puesto de trabajo, se encuentra el asesoramiento que ofrezco a las cooperativas afiliadas y a otros profesionales en aquellos aspectos jurídico-económicos, fiscales y contables que son específicos para las cooperativas. Gracias a la experiencia adquirida en la Federación, he tenido la oportunidad de participar en distintas Comisiones técnicas de expertos donde se han trabajado textos normativos de gran relevancia para nuestras cooperativas, tales como las normas contables cooperativas y otras modificaciones legislativas de calado para el sector. Si bien, actualmente destacaría el trabajo que estoy desempeñando en las comisiones técnicas de COCETA y CEPES en relación con la propuesta de modificación de la ley 20/1990 de Régimen Fiscal de Cooperativas que el sector plantea.
A travé
...más
Muchas gracias, Cristina. Me alegra que os pueda ser de utilidad. Saludos,
Muy buen artículo Carmen!!! aclaratorio y de información complementaria a la convocatoria. Lo comparto!!! Gracias
Si te ha gustado el post y quieres apoyar la difusión de la empresa cooperativa te voy a pedir 3 cosas:
1. Comparte este post en redes sociales utilizando los botones al final del artículo
2. Deja un comentario con tu opinión.
3. Envía una pregunta relacionada con el mundo emprendedor cooperativo, que te preocupe y quieras conocer nuestra opinión.